Permiso de reagrupación familiar (es para traerse a la familia del extranjero)

Los ciudadanos extranjeros no comunitarios, que hayan conseguido residir legalmente en España, tienen derecho a reagrupar con ellos a los siguientes familiares:

- El cónyuge, siempre que no se haya separado legalmente. Vamos, que hay que seguir casado. En el caso de que en un país se tenga derecho a tener varios cónyuges, solo se podrá traer legalmente a uno de ellos. Si un extranjero se ha casado o separado varias veces, solo podrá traer al último de sus cónyuges, o lo que es lo mismo, solo puede traer al cónyuge que esté en vigor.

- Los hijos menores de 18 años, o que siendo mayores de esta edad, estén incapacitados. Estos hijos no deben estar casados. La regla sirve para hijos adoptados, aunque en este caso hay que demostrar la resolución de adopción.

- En el caso de que un extranjero tenga bajo su custodia a un menor, tiene derecho a reagruparlo.

- Se puede reagrupar también a los padres, siempre y cuando se consiga demostrar que están a cargo del residente en España.

Una vez conseguido el permiso se residencia por reagrupación familiar, se mantiene, aunque se rompa el vínculo. Esto quiere decir que si nuestro cónyuge nos trae del extranjero y conseguimos un permiso de residencia por reagrupación familiar, y luego nos divorciamos, no perdemos, bajo ningún concepto, el permiso de residencia. El problema será la renovación, pero hasta la fecha en que termine la validez del permiso, estamos legalmente en España, el permiso no nos lo pueden quitar.

SI HEMOS VENIDO A ESPAÑA CON UN PERMISO DE REAGRUPACIÓN FAMILIAR, Y QUEREMOS CONSEGUIR UN PERMISO DE TRABAJO, lo que tenemos que hacer no es pedir un permiso de trabajo, sino tramitar una AUTORIZACION PARA TRABAJAR, que es distinto y además más fácil y mucho más rápido.

Al tramitar la autorización para trabajar, tenemos que pedir (por si acaso), la exención de visado de trabajo, por motivo de estar residiendo legalmente en España, a parte de la oferta de trabajo de la empresa. Si nos conceden la autorización para trabajar, lo que obtendremos, además, es un permiso de trabajo independiente del familiar con el que nos hemos reagrupado.

Para renovar un permiso de reagrupación familiar, tendremos que demostrar que dependemos del familiar y de que seguimos viviendo con él. Sin embargo, si hemos conseguido el permiso de trabajo, ya no hará falta esto, pues nuestro permiso ya es independiente de él.

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